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martes, 27 de abril de 2010

Demencia animal II (Amplio Criterio)

El video muestra imágenes que podrían resultar perturbadoras, por lo que recomendamos precaución.

Vía Nayarit en Línea:

Por ser menores de edad, «Nayarit en línea» se reserva los nombres de estos desalmados adolescentes de Tepic, que por su desorientación tal vez desconozcan que cometieron una clara contravención a la Ley de Protección a la Fauna en vigor en el estado, que en su artículo 34 establece que “son conductas crueles hacia los animales y por tanto se prohíben, aquellos actos u omisiones que siendo innecesarios dañan su salud, integridad física, instinto, desarrollo o crecimiento: IV.- Golpearlos o lastimarlos de cualquier modo o forma innecesaria, aún dentro de los espectáculos autorizados; y en proceso de entrenamiento, con exceso de violencia innecesaria”.

Según la ley, el infractor puede ser denunciado por cualquier persona a la autoridad municipal y se le aplicará una multa de 7 a 15 días de salario mínimo; o bien, si alguien acredita ser el dueño del perro sacrificado, entonces puede dar parte a la Procuraduría General de Justicia y presentar denuncia por daño en propiedad ajena.



Yo sólo deseo agregar que si escuchan la música de salvajes que ponen de fondo, se explica que es lo que traen en la cabeza estos hijos de puta.

PARA LOS QUE ESTAN EN CONTRA DEL ABORTO, HAY PERSONAS QUE NO DEBEN NACER.

A LA CHINGADA EL VIVE GRUPERO!!!

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